Vertimientos
Trámite para el plan de cumplimiento
Aplica a proyectos existentes, cuyas actividades generen vertimientos.
Los Decretos 3930 de 2010 y en especial el 4728 de 2010, en su artículo 4 establece, Requerimiento del Plan de Cumplimiento. “Si de la evaluación de la información proveniente de la caracterización del vertimiento, así como de la documentación aportada por el solicitante, de los hechos y circunstancias deducidos de las visitas técnicas practicadas por la autoridad ambiental competente y del informe técnico, se concluye que no es viable otorgar el permiso de vertimiento al cuerpo de agua o al suelo, la autoridad ambiental competente exigirá al usuario la presentación de un Plan de Cumplimiento, siempre y cuando el vertimiento no se realice en cuerpos de agua Clase I de que trata el artículo 205 del Decreto 1541 de 1978.
El Plan de Cumplimiento deberá incluir los proyectos, obras, actividades y buenas prácticas, que garanticen el cumplimiento de la norma de vertimientos. Así mismo, deberá incluir sus metas, sus periodos de evaluación y sus indicadores de seguimiento, gestión y resultados con los cuales se determinará el avance correspondiente”.
Trámite para el permiso de vertimientos
Aplica a nuevos proyectos que no han iniciado actividades que generen vertimientos líquidos.
Los Decretos 1594 de 1984 y en especial el 3930 de 2010, en su artículo 41 establece, que “toda persona natural o jurídica cuya actividad o servicio genere vertimientos a las aguas superficiales, marinas, o al suelo, deberá solicitar y tramitar ante la autoridad ambiental competente, el respectivo permiso de vertimientos.
Parágrafo 1°. Se exceptúan del permiso de vertimiento a los usuarios y/o suscriptores que estén conectados a un sistema de alcantarillado público”…
Antes de iniciar un proyecto que genere vertimientos líquidos se debe tramitar ante la Corporación Autónoma Regional de Nariño – CORPONARIÑO, el correspondiente Permiso de Vertimientos (P.V.), para lo cual el Representante Legal del proyecto deberá realizar la legalidad, cumpliendo con los siguientes requisitos:
Documentación:
- Diligenciamiento del formulario.
- Adjunto recibo de pago Visita ocular.
- Concepto uso del suelo expedido por planeación municipal.
- Fotocopia cédula.
- Certificado de libertad y tradición.
- Plano de localización a escala adecuada.
- Poder autenticado cuando actúe a través de apoderado.
- Pago de derecho de trámite y publicación en boletín de Corponariño.
- Diligenciamiento del formulario.
Adjunto recibo de pago Visita ocular. - Concepto uso del suelo expedido por planeación municipal.
- Personería jurídica.
- Cámara de comercio.
Formulario: