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El Director General de la Corporación Autónoma Regional de Nariño CORPONARIÑO en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo catorce (14) del Acuerdo de Asamblea Corporativa No. 002 del 21 de mayo de 2009 “Por el cual se modifican los estatutos de la Corporación Autónoma Regional de Nariño “CORPONARIÑO, aprobados mediante Resolución 1486 del 4 de diciembre de 1995”.

CONVOCA:

Reunión Ordinaria de Asamblea Corporativa a el día viernes veintisiete (26) de febrero del año 2016, a partir de las diez de la mañana (10:00 a.m.), en el Auditorio de CORPONARIÑO sede central de la ciudad de Pasto.

El orden del día a desarrollar será el siguiente:
1. Himno Nacional de la República de Colombia
2. Himno al Departamento de Nariño
3. Instalación de la Asamblea (Gobernador del Departamento o su delegado)
4. Llamada a lista y verificación del Quórum
5. Elección del Presidente y Secretario de la Asamblea
6. Lectura y Aprobación del siguiente orden del día:

Lectura y Aprobación del Acta No. 001 de Febrero 27 de 2015.
Aprobación de Estados financieros vigencia 2015.
Presentación y Aprobación Informe de Revisoría Fiscal.
Presentación Informe de Gestión vigencia 2012 – 2015.
Elección de los cuatro Alcaldes, que representarán a la Asamblea, ante el Consejo Directivo.
Elección del Revisor Fiscal, periodo 2016 – 2019.
Proposiciones y Varios.

De conformidad con lo establecido en el artículo 15 del Acuerdo No. 002 del 21 de mayo de 2009 “Por el cual se modifican los Estatutos de la Corporación Autónoma Regional de Nariño – CORPONARIÑO, aprobados mediante Resolución 1486 de diciembre 4 de 1995”, los miembros de la Asamblea Corporativa tendrán en sus deliberaciones y decisiones el derecho a un voto por la entidad territorial que representan. Y de manera
textual establece que: “Los miembros de la Asamblea Corporativa tendrán en sus deliberaciones y decisiones el derecho a un voto por la entidad territorial que representan. Cada miembro de la Asamblea Corporativa sólo podrá representar, a efectos de votación, a la entidad territorial de la cual es representante legal; pero podrá delegar su participación en un Secretario de Despacho, mediante acto administrativo de delegación o poder debidamente conferido”.

FERNANDO BURBANO VALDEZ
Director General

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